LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL COMO DIQUE FRENTE A LA ARBITRARIEDAD JUDICIAL —Una propuesta inicial para el Tribunal Constitucional Plurinacional—

1.  
Introducción

Durante décadas hemos aceptado —no sin resignación— que la justicia descansa, en buena medida, en la conciencia y el talento individual del juez. A mayor margen interpretativo, mayor confianza en su experiencia, prudencia y honestidad intelectual. Ese diseño era inevitable en un tiempo en el que el principal instrumento de razonamiento jurídico era el cerebro humano, con todo lo que ello implica: virtudes, límites, cansancio, prejuicios y tentaciones de todo tipo. Hoy, sin embargo, ese supuesto histórico empieza a resquebrajarse.

2.  Cuando la discrecionalidad se convierte en problema

El derecho contemporáneo ha ampliado deliberadamente los espacios de interpretación judicial. La constitucionalización del ordenamiento, los principios abiertos, la ponderación y el control de razonabilidad han reforzado el rol creativo del juez. El problema aparece cuando esa libertad interpretativa —pensada para proteger derechos— degenera en arbitrariedad. Y eso ocurre con más frecuencia de la que estamos dispuestos a admitir.

No se trata de demonizar a los jueces. La arbitrariedad no es un vicio moral individual, sino una consecuencia estructural de un sistema que deposita enormes cuotas de poder decisorio en seres humanos expuestos, como cualquiera, a presiones políticas, sesgos cognitivos, rutinas acríticas o simples errores de razonamiento (además de las tentaciones de bolsillo, piel o ego, añado).

3.  La oportunidad que trae la IA

En este contexto, la inteligencia artificial irrumpe no como juez sustituto, sino como límite racional. Por primera vez, la administración de justicia dispone de una herramienta capaz de reforzar el razonamiento lógico-jurídico, ordenar información compleja, detectar inconsistencias argumentativas y ofrecer soluciones estructuradas a partir de datos normativos y jurisprudenciales previamente definidos.
Bien utilizada, la IA no reduce la independencia judicial; la hace más exigente. Obliga al juez a justificar por qué se aparta de una solución técnicamente plausible y documentada. En otras palabras, convierte la discrecionalidad en una discrecionalidad responsable y auditada.

4.  Resistencias previsibles, pero no insalvables

La resistencia judicial es comprensible. Hay temor al reemplazo tecnológico, a la obsolescencia profesional frente a generaciones más familiarizadas con herramientas digitales, y —no menos importante— una formación tradicionalmente débil en pensamiento lógico, estadístico y crítico. A ello se suma una cultura jurídica que confunde autoridad con intuición y experiencia con infalibilidad.
Pero resistirse a la IA en la justicia no es conservar la independencia judicial; es preservar zonas opacas de poder decisorio.

5.  Las limitaciones reales

El entusiasmo tampoco debe ser ingenuo. Sin digitalización masiva de expedientes, sin infraestructura tecnológica adecuada y sin asistentes de IA jurídicamente entrenados en el derecho boliviano, cualquier propuesta es mera retórica. La IA exige inversión, planificación y, sobre todo, diseño institucional cuidadoso.

6. Un proyecto piloto en el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia ofrece un escenario idóneo para un proyecto piloto serio. Superadas las limitaciones tecnológicas básicas —digitalización integral y contratación de un asistente de IA especializado, entrenado exclusivamente con normas y jurisprudencia aplicables al contexto nacional—.

El procedimiento podría estructurarse de la siguiente manera:
  • Recepción y sorteo de causas mediante sistemas informáticos abiertos, transmitidos públicamente.
  • Clasificación inicial por el letrado en causas sencillas y complejas.
  • Causas sencillas, tramitadas por la vía tradicional, con proyecto elaborado por un abogado asistente relator y revisado por letrados y magistrado.
  • Causas complejas, remitidas a digitalización técnica y asignadas a un abogado asistente senior, quien deberá: a) Seleccionar las principales piezas procesales y cargarlas a un entorno de fuente controlada (por ejemplo, un sistema tipo NotebookLM), sin permiso de acceso irrestricto a la red, esto a efectos de evitar alucinaciones y contaminación con información poco fiable; b) Generar en dicho recurso tecnológico tres documentos clave: informe pormenorizado, mapa mental y cuestionario; c) A partir de dichos documentos y su experticia jurídica, identificar el problema jurídico central y los elementos decisivos de juicio; d) Elaborar un prompt completo y libre de sesgos (este es un punto sensible), incorporando los documentos anteriores.
  • Carga del caso al asistente de IA oficial del Tribunal, que generará el primer proyecto de resolución. Ojo, que la calidad y ausencia de sesgos en el prompt es central, por lo que se debe capacitar adecuadamente al personal para este efecto.
  • Revisión crítica del primer proyecto elaborado por la IA, a cargo del abogado asistente senior, quien ajusta la forma, analiza el fondo sin modificar el texto y elabora un informe razonado de conformidad o disconformidad, total o parcial, con el proyecto.
  • Intervención del letrado, quien produce el proyecto final y un informe ejecutivo al magistrado, explicando los apartamientos respecto del criterio de la IA y del abogado asistente senior encargado.
  • Decisión del magistrado relator, con revisión integral del proyecto y los informes, y remisión a sala o pleno (dependiendo de si se trata de un asunto de salas o del Pleno).
  • Revisión colegiada, con libertad metodológica para los restantes magistrados y sus equipos.
  • Sentencia, firma y notificación, por lo medios ya establecidos.
  • Registro y archivo, todo el expediente más los documentos de trabajo, serán registrados y almacenados con las seguridades del caso, tanto en la memoria del asistente de IA y en un backup de resguardo bajo responsabilidad de la Secretaria General del Tribunal, a efectos de auditorías jurídicas posteriores.
Un plus resulta en el control completo a todas las etapas del proceso, pues quedan registradas y dejan una huella administrativa informática difícil de borrar, lo que contribuye a la transparencia.

Queda abierto —y debe quedar abierto— el debate sobre si estos documentos internos forman parte del expediente público. La transparencia es deseable, pero también lo es preservar espacios de deliberación técnica honesta.

7.  ¿Hay algo nuevo en este bosquejo de propuesta frente a las experiencias comparadas?

Existen ya experiencias comparadas, diversas en alcance y contexto, que muestran que la integración de la inteligencia artificial en la labor judicial no debilita a los tribunales de cierre, sino que refuerza su racionalidad. Desde los sistemas de “tribunales inteligentes” desarrollados en China —orientados a reducir la dispersión decisoria—, pasando por el uso de legal analytics y asistentes de análisis jurisprudencial en cortes estadounidenses, hasta el modelo europeo de “human-in-the-loop” promovido por el Consejo de Europa, la constante es clara: la IA no sustituye al juez, pero actúa como un límite técnico a la arbitrariedad. Incluso cortes supremas y constitucionales, como la de Brasil con el sistema Victor o el Tribunal Constitucional Federal alemán mediante herramientas avanzadas de análisis de precedentes, han incorporado tecnología para ordenar, filtrar y hacer más coherente la toma de decisiones.

El común denominador es la trazabilidad del razonamiento y la exigencia de motivación reforzada, no la delegación del poder de juzgar, ese poder queda en el juez, pero éste cuenta ahora con una herramienta que le permite contrastar su razonamiento, un rival que contra argumenta y coadyuva, con ello, a una decisión de mejor calidad.

Nuestro planteamiento presenta algunas novedades frente a las experiencias descritas:
  • Introduce IA generativa controlada
  • Obliga a una doble motivación (IA + humano)
  • Deja huella documental para auditoría posterior
  • Transforma la independencia judicial en independencia razonada y revisable, por ello, reforzada y sólida.
Eso es innovador incluso a nivel comparado, y perfectamente defendible desde el constitucionalismo contemporáneo.

8.    Un cambio de paradigma


La experiencia comparada muestra que los tribunales de cierre que han comenzado a integrar IA no han perdido autoridad; la han reforzado. La legitimidad ya no descansa solo en la investidura del juez, sino en la trazabilidad y calidad del razonamiento.

La pregunta ya no es si la inteligencia artificial debe entrar en la justicia. La verdadera pregunta es si estamos dispuestos a que la arbitrariedad siga siendo una opción silenciosa del sistema. La IA, bien diseñada, no es una amenaza al juez constitucional. Es, quizá, su más incómodo —y necesario— espejo.


Iván Arandia
DOCTOR EN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Comentarios

  1. Muy interesante, solo que, sobre los letrados y asistente dice señor o junior, bueno eso de los nombres no importa, pero tendría que ser más bien un abogado con carrera judicial, es decir que haya sido un buen Jue, o juez destacado, con bastante experiencia, especialista,

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  2. Buena observación, si, es necesario cualificar al personal no solo en lo jurídico, sino en pensamiento crítico y tecnología...

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